Javier Giraldo Moreno, S.J.
Lunes 29 de abril de 2013, por
En los últimos días he recibido varios oficios provenientes del Ministerio de Defensa en los cuales se vuelve a negar rotundamente el acatamiento a dicha Sentencia, mediante argumentos que en su misma redacción evidencian que son insostenibles y que están en absoluta contradicción con la doctrina de la Corte. Son ellos:
El Rad.: 20138010226021- MDN-CGFM-CE-JEM-JEDIH-DIASC, suscrito por el Coronel JOHN JAIRO ZULUAGA MORALES, Director de Análisis y Seguimiento de Casos de la Jefatura de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos del Ejército Nacional, el 19 de marzo de 2013.
El Oficio No. S-2013-081740/INSGE-GUMEC-40.2, suscrito por el Teniente Coronel JOHN HENRY ARANGO ALZATE, Jefe del Área de Derechos Humanos de la Policía Nacional, el 25 de marzo de 2013.
El Oficio S-2013-0431-INSGE-GUMEC-40.2, suscrito por el General JOSÉ ROBERTO LEÓN RIAÑO, Director General de la Policía Nacional, el 26 de marzo de 2013.
Por: Fundación Internacional por el Derecho y la Liberación de los Pueblos
Lunes 29 de abril de 2013
Implicaciones de una Sentencia del Tribunal Permanente de los Pueblos
de la represión al ajuste del sistema jurídico
Domingo 3 de febrero de 2013, por
Este escrito hace parte del libro COLOMBIA ENTRE VIOLENCIA Y DERECHO, editado por la Fundación Lelio y Lisli Basso, con la intención de hacerle eco a las denuncias y análisis recopilados en la sesión del TRIBUNAL PERMANENTE DE LOS PUEBLOS sobre las Empresas Multinacionales y los Derechos de los Pueblos en Colombia, sesión que se prolongó entre octubre de 2005 y julio de 2008 mediante la realización de audiencias especializadas sobre diversos campos en que actúan las multinacionales, hasta emitir la Sentencia final el 23 de julio de 2008. Varios de los miembros del Jurado y Expertos que intervinieron escriben artículos en dicho libro, impreso en Colombia en diciembre de 2012 (Ediciones desde abajo) .
Domingo 3 de febrero de 2013, por
Entiendo, Señor Presidente, que las decisiones de la Corte Constitucional son imperativas para el Go-bierno, dentro de la estructura constitucional y le-gal vigente, y que el Jefe de Estado, al jurar cum-plir con las obligaciones inherentes a su cargo, ju-ra cumplir la Constitución y, en consecuencia, aca-tar las decisiones de la más alta Corte del Estado. Lógica consecuencia de esto es que, si sus inmedia-tos subordinados se niegan a acatar las decisiones de la Corte, y de manera contumaz como en este caso, sean destituidos y reemplazados por otros que acaten la Constitución y la ley. Lo contrario llevaría a concluir que el Jefe del Estado avala y patrocina explícitamente el desacato a la más alta Corte y en consecuencia la violación de la Constitución y la Ley.
Palabras en la inauguración del Centro de Memoria, Paz y Reconciliación, en Bogotá, el 6 de diciembre de 2012
Jueves 6 de diciembre de 2012, por
Yo creo que se trata de la misma concepción de la muerte. No hay duda de que los victimarios conciben la muerte como una clausura definitiva de una existencia humana. Están convencidos de que sus muertos, aquellos que quisieron construir un mundo más humano, ya no volverán; que ya no pueden interactuar con el presente ni con el futuro; que ya no inciden en la historia; que pertenecen definitivamente a un pasado que no volverá y que no incidirá ya más en nuestras vidas. Por eso es posible identificarlos como huesos descarnados y sin vida; como piedras o mármoles estáticos que no hablan, que no piensan, que no actúan ni son portadores de energías vitales transformadoras. Esto está simbolizado en los sepulcros y en los monumentos que tranquilizan las conciencias mientras se asume implícitamente, desapercibidamente, inconscientemente, pacíficamente, inercialmente, la concepción de la muerte que tienen los victimarios.