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Derecho de Petición No. 11 al presidente Juan Manuel Santos Calderon
Martes 17 de septiembre de 2013, por
La Sentencia T-1025/07 de la Corte Constitucional no deja ningún lugar a la duda ni en su doctrina ni en sus definiciones resolutivas. En efecto, se apoyó en un análisis extenso y profundo de los fundamentos constitucionales de nuestra solicitud, análisis que ilustró con numerosas piezas jurisprudenciales de derecho interno e internacional, dejando muy en claro su posición, según la cual, de ninguna manera se compadece con los principios constitucionales ni tampoco con principios universales que definen los derechos fundamenta-les de los seres humanos y las bases esenciales de un Estado democrático, negarse a revelar la identidad de agentes del Estado que han cumplido funciones PÚBLICAS en determinados sitios y fechas.
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